Comité de Asesoramiento
Interno Colegial (CAIC)

Regulación

1º.- FINALIDAD.- El Comité de Asesoramiento Interno Colegial (en adelante CAIC) se crea, como su propia denominación indica, para asesorar a aquellos Colegiados/as sobre las dudas jurídicas que puedan surgirles, tanto sustantivas como procesales, en el desarrollo de su ejercicio profesional, plasmándose, con tal iniciativa, el espíritu de compañerismo desde siempre consustancial a esta Entidad.

2º.- BENEFICIARIOS.- Podrán acudir al Comité de Asesoramiento Interno Colegial  todos los Colegiados/as ejercientes.

3º.- COMPOSICIÓN.- El CAIC estará formado por doce miembros: compañeros/as colegiados en el ICAO, de los cuales uno ostentará su presidencia.

4º.- FUNCIONAMIENTO.- Quien requiera los servicios del CAIC se dirigirá por escrito al ICA Oviedo haciendo uso del email caic@icaoviedo.es (igualmente podrá ampliarse información accediendo a la página web del Comité:  http://caic.icaoviedo.es) exponiendo con precisión y claridad el objeto de su duda o dudas, con aportación, en su caso, de la documentación necesaria a fin de lograr tal pretendida claridad.

Del escrito con, en su caso, documentación adjunta, se dará traslado al Presidente del CAIC quien dependiendo del contenido de la consulta-duda y su materia, la remitirá al componente del Comité que considere oportuno, o bien la atenderá él directamente.

Una vez estudiado el asunto el Ponente encargado de la consulta contactará con el Colegiado/a solicitante del servicio a los fines de dar ya cumplida respuesta o, previamente, para recabar mayor concreción o toma de datos para el estudio de la cuestión.          

Tal respuesta –que revestirá la consideración de consejo profesional no vinculante- se evacuará verbalmente a medio de entrevista personal convocada al efecto.